¿Quieres trabajar en seguros? ¿alguna vez te has planteado trabajar en una compañía de seguros o en una correduría de seguros? El sector asegurador es el gran desconocido a la hora de buscar empleo, por eso te invito a que veas el siguiente video promovido por la asociación empresarial de aseguradoras UNESPA:
El sector asegurador es un sector hiperregulado, y una de las características es que para desarrollar actividad comercial de seguros necesitas una certificación oficial que acredite que tienes unos determinados conocimientos. Por eso, desde CampusAsegurador.com hemos organizado esta formación oficial que se denomina Curso de Mediador de Seguros de Grupo B. Es curso especializado para trabajar como comercial en seguros cumple la normativa actual que establece la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). Además, una de las principales ventajas del curso de CampusAsegurador.com es que es formación on-line, con lo que puedes iniciar el curso cuando quieras y estudiar a tu ritmo desde cualquier dispositivo. Al finalizar el curso obtendrás un título oficial que te certifica y acredita como mediador de seguros de Grupo B.
¿Cuál es el objetivo del curso de mediador de seguros de Grupo B? Curso de Formación en Materias Financieras y de Seguros Privados de acuerdo con el Real Decreto 764/2010 y la Resolución de Formación de 18 de febrero de 2011 que desarrolla la Ley 26/2006 de Mediación de Seguros y Reaseguros privados.
Las enseñanzas que se imparten, tanto en el aspecto teórico como práctico, son las que se establecen en el citado Decreto de Formación; además, están consideradas como una adecuada preparación para el ejercicio de la profesión de Mediador de Seguros.
Una vez superado el curso, se obtiene la Certificación Formativa Acreditativa del Grupo B.
El curso es necesario para: • Agentes de seguros exclusivos.
• Colaboradores externos que realizan funciones de asistencia en la gestión, ejecución y formalización de los contratos de seguro o en caso de siniestro.
• Al menos, la mitad de las personas que integran el órgano de dirección de los colaboradores externos que asesoren en la gestión, ejecución y formalización de los contratos de seguro o en caso de siniestro, tratándose de personas jurídicas.
• Al menos, la mitad de las personas que integran la dirección de las personas jurídicas agentes de seguros exclusivos, el órgano de dirección de los operadores de banca-seguros exclusivos y, en todo caso, a quienes ejerzan la dirección técnica de todos ellos. • Los empleados de los colaboradores externos que presten asistencia en la gestión, ejecución y formalización de los contratos de seguro o en caso de siniestro.
• Las personas que integran las redes de distribución de los operadores de banca-seguros.
• Los empleados de los mediadores de seguros y corredores de reaseguros, siempre que se les atribuyan funciones de asesoramiento y asistencia a los clientes y participen directamente en la mediación de los seguros o reaseguros.
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